cambios en los tipos de IVA en octubre de 2024

Cambios en los tipos de IVA a partir del 1 de octubre de 2024

A partir del 1 de octubre de 2024 entran en vigor nuevos tipos de IVA para determinados productos alimentarios, según lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dentro de las medidas transitorias para la reducción del impacto de la inflación.

Si eres autónomo, comercio o empresa que trabaja con productos de alimentación, es imprescindible revisar y actualizar tu sistema de facturación antes de esa fecha para evitar errores fiscales.


📅 ¿Qué cambia exactamente en el IVA desde el 1 de octubre de 2024?

Durante el último trimestre de 2024 (del 1 de octubre al 31 de diciembre), se aplicarán los siguientes tipos impositivos:

🔹 IVA del 2%

Para productos básicos como:

  • Pan y harinas panificables
  • Leche y derivados
  • Quesos
  • Huevos
  • Frutas, verduras, hortalizas
  • Legumbres, tubérculos, cereales

Recargo de equivalencia: 0,26%


🔹 IVA del 7,5%

Para:

  • Aceites de semillas
  • Pastas alimenticias

Recargo de equivalencia: 1%


🫒 IVA del aceite de oliva a partir de 2025

A partir del 1 de enero de 2025, el aceite de oliva pasará a tributar de forma permanente al 4% de IVA, al considerarse producto esencial dentro de la dieta mediterránea.


⚠️ Muy importante: cómo adaptar tu sistema de facturación

Para cumplir correctamente con la normativa:

No modifiques los tipos de IVA existentes
✔️ Crea nuevos tipos de IVA con los porcentajes correspondientes
✔️ Revisa los productos afectados
✔️ Asegura la correcta aplicación del recargo de equivalencia si procede

Modificar tipos históricos puede generar inconsistencias fiscales y problemas en revisiones posteriores.


🧾 Impacto práctico para empresas y autónomos

Estos cambios afectan directamente a:

  • Facturación diaria
  • Precios de venta
  • Declaraciones de IVA
  • Sistemas ERP y TPV

Por ello, es fundamental que el software de facturación esté actualizado y preparado para trabajar con múltiples tipos de IVA de forma segura y trazable.


📌 Recomendación

Revisa tu catálogo de productos y configura los nuevos tipos impositivos antes del 1 de octubre de 2024 para evitar errores en facturas y declaraciones.

verifactu

Novedades VeriFactu y facturación electrónica obligatoria en España

VeriFactu cambiará para siempre la forma de emitir facturas en España.

A partir de 2025, todas las empresas y autónomos estarán obligados a emitir facturas mediante sistemas informáticos adaptados a la nueva normativa antifraude de la Agencia Tributaria.

El uso de Word, Excel o facturas en papel dejará de ser legal.

En este artículo te explicamos qué es VeriFactu, cuándo será obligatorio y por qué Hacienda recomienda esta modalidad frente a otras opciones mucho más complejas y sancionables.

La Agencia Tributaria avanza hacia un nuevo modelo de facturación electrónica obligatoria con el objetivo de erradicar el fraude fiscal y garantizar la trazabilidad de todas las facturas emitidas en España.

Este cambio se enmarca dentro de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que pone el foco directamente en los sistemas informáticos de facturación utilizados por empresas y autónomos.
📄 BOE: Ley 11/2021
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11473


El Real Decreto 1007/2023: el punto de inflexión

El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, ya publicado, establece los requisitos obligatorios que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación utilizados por empresarios y profesionales en España.

📄 BOE: RD 1007/2023
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-24840

Este Real Decreto define aspectos clave como:

  • Integridad e inalterabilidad de los registros
  • Encadenamiento de facturas mediante hash
  • Conservación segura de la información
  • Trazabilidad completa de cada factura emitida

A falta de la Orden Ministerial de especificaciones técnicas, los desarrolladores de software dispondrán de 9 meses desde su publicación para adaptar sus sistemas.

📅 Fecha clave:
➡️ 1 de julio de 2025: solo serán legales los sistemas de facturación adaptados a la nueva normativa.


Fin del papel, Word y Excel

Con la entrada en vigor definitiva de la normativa:

❌ Dejarán de ser legales las facturas hechas en papel
❌ Word, Excel u hojas de cálculo sin control
❌ Sistemas que permitan borrar o modificar facturas

✅ Solo serán válidas las facturas emitidas mediante software de facturación adaptado y conforme a la normativa


Las dos modalidades que permite Hacienda

La Agencia Tributaria contempla dos modalidades de cumplimiento:


❌ Modalidad NO VeriFactu (compleja y arriesgada)

Esta modalidad exige que el software:

  • Firme electrónicamente cada factura
  • Mantenga copias de seguridad certificadas
  • Implemente un sistema de registro de eventos
  • Garantice que no se pueden borrar ni alterar facturas
  • Esté preparado para enviar la información a Hacienda cuando lo solicite

👉 Cumplir correctamente es extremadamente complejo
👉 El incumplimiento conlleva sanciones muy elevadas


✅ Modalidad VeriFactu (la recomendada por Hacienda)

En la modalidad VeriFactu:

  • Cada factura se encadena mediante hash
  • Se envía automáticamente a la Agencia Tributaria en el momento de su emisión
  • Se incluye un código QR obligatorio en la factura
  • Hacienda dispone de los registros en tiempo real

✔️ Se dan por cumplidos todos los requisitos legales
✔️ Se elimina el riesgo de sanciones
✔️ Es la modalidad recomendada oficialmente por la AEAT


La posición de FacturaONE

En FacturaONE hemos tomado una decisión clara y responsable:

👉 Solo trabajaremos con VeriFactu completo

Porque es:

  • La opción más segura
  • La más sencilla para empresas y autónomos
  • La única que garantiza tranquilidad jurídica real

Recursos oficiales de la AEAT

Presentación oficial de la Agencia Tributaria (14 de febrero):

📘 Parte normativa:
https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT_Desarrolladores/EEDD/IVA/VERI-FACTU/20240211SeminVerifactEEDD-ONIF.pdf

📙 Parte técnica y práctica:
https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT_Desarrolladores/EEDD/IVA/VERI-FACTU/20240211SeminVerifactEEDD-DIT.pdf

modelo 347

Modelo 347: qué es y para qué sirve

El modelo 347 es una declaración informativa anual que deben presentar autónomos, empresas y determinadas entidades para comunicar a la Agencia Tributaria las operaciones realizadas con terceros que superen un importe determinado.

Su finalidad es permitir a Hacienda cruzar información fiscal entre clientes y proveedores y detectar incoherencias o posibles incumplimientos tributarios.


¿Qué operaciones se declaran en el modelo 347?

Deben declararse todas las operaciones realizadas con un mismo cliente o proveedor cuando el importe anual supere los 3.005,06 € (IVA incluido).

Se incluyen, entre otras:

  • Ventas
  • Compras
  • Prestaciones de servicios
  • Arrendamientos de locales de negocio

⚠️ El modelo 347 no genera pago de impuestos, es únicamente informativo.


¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

Están obligados a presentar el modelo 347:

  • Autónomos
  • Empresas (personas jurídicas)
  • Entidades públicas y privadas
  • Asociaciones, colegios profesionales y entidades que gestionen cobros por cuenta de terceros

Tanto el emisor como el receptor de la operación deben declararla, lo que permite a la Agencia Tributaria contrastar los datos.


¿Quién está exento de presentar el modelo 347?

No están obligados a presentar el modelo 347, entre otros:

  • Contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII)
  • Autónomos en estimación objetiva con regímenes especiales de IVA
  • Entidades sin operaciones que superen el límite anual
  • Operaciones ya declaradas en los libros registro de IVA
  • Determinadas entidades sujetas al Régimen Económico y Fiscal de Canarias

Plazo de presentación del modelo 347

El modelo 347 se presenta durante el mes de febrero y recoge las operaciones realizadas en el año natural anterior.

Ejemplo:

  • Operaciones realizadas en 2024 → presentación en febrero de 2025

Cómo se rellena el modelo 347

El modelo se estructura en varios bloques:

Datos del declarante

Incluye:

  • NIF
  • Nombre o razón social
  • Domicilio fiscal
  • Ejercicio declarado

Resumen anual

Se informa de:

  • Número total de declarados
  • Importe total de las operaciones
  • Número de inmuebles (si aplica)
  • Importes de alquiler de locales

Relación de terceros

Para cada cliente o proveedor:

  • NIF
  • Nombre o razón social
  • Provincia o país
  • Clave de la operación
  • Importes desglosados por trimestres

Cómo presentar el modelo 347

La presentación del modelo 347 es exclusivamente telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando:

  • Certificado digital
  • Cl@ve PIN

Una vez enviado, se obtiene un justificante de presentación con código seguro de verificación.

el gobierno aprueba los requisitos obligatorios para los programas de facturación

El Gobierno aprueba los requisitos obligatorios para los programas informáticos de facturación

El Gobierno ha dado luz verde a los requisitos legales que deberán cumplir los programas informáticos de facturación con el objetivo de prevenir prácticas fraudulentas y combatir la economía sumergida.

Estas medidas se recogen en un Real Decreto publicado en el BOE, que establece normas mínimas obligatorias para los fabricantes y comercializadores de software de facturación en España.

👉 Texto oficial del BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/12/06/pdfs/BOE-A-2023-24840.pdf


Prohibición del software de doble uso

La nueva normativa prohíbe expresamente el uso de:

  • software de supresión de ventas
  • software de doble uso
  • programas que permitan llevar contabilidades paralelas

Estos sistemas permitían ocultar ingresos o modificar registros de facturación, una práctica considerada fraude fiscal grave.

El Ministerio de Hacienda ha sido claro: estos programas dejarán de ser legales.


¿A quién obliga esta normativa?

Uno de los puntos más importantes del reglamento es que:

👉 las obligaciones recaen sobre los fabricantes y comercializadores del software,
👉 no directamente sobre los empresarios o autónomos usuarios.

Hacienda insta a los productores de software a ofrecer sistemas de facturación que cumplan íntegramente la normativa, garantizando la legalidad a quienes los utilizan.


Fecha límite de adaptación: 1 de julio de 2025

Los productores y comercializadores de programas de facturación tienen como fecha límite el 1 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas a los nuevos requisitos legales.

A partir de esa fecha:

  • no se podrán comercializar programas que no cumplan la normativa
  • todo software nuevo deberá ser legal y antifraude

¿Qué deberán garantizar los programas de facturación?

Según el reglamento, los sistemas deberán:

  • generar y almacenar registros de facturación de forma segura
  • impedir modificaciones o eliminaciones sin trazabilidad
  • garantizar integridad, conservación y legibilidad

Cada registro de factura deberá incluir, como mínimo:

  • nombre o razón social
  • identificación fiscal
  • número de factura
  • fecha de expedición
  • tipo de factura
  • régimen de IVA

Hash encadenado y firma electrónica

Una de las novedades clave es la obligación de incorporar:

  • hash encadenado, que vincula cada factura con la anterior
  • firma electrónica, que impide alteraciones posteriores

Estas obligaciones se aplican a:

  • facturas completas
  • facturas simplificadas (tickets)

Existen algunas excepciones, como los empresarios acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA, que ya informan operación por operación a la AEAT.


Certificación y declaración responsable

Como medida adicional de seguridad:

  • los fabricantes deberán certificar el cumplimiento del software
  • se exigirá una declaración responsable

Los nuevos sistemas deberán lanzarse al mercado nueve meses después de la aprobación de la orden ministerial que detalle las especificaciones técnicas.


Objetivo de la normativa

Además de luchar contra el fraude fiscal, esta regulación busca:

  • modernizar la infraestructura digital de pymes y autónomos
  • facilitar el cumplimiento tributario
  • aumentar la seguridad y transparencia en la facturación

Hacienda recuerda que los sistemas podrán enviar los registros de facturación a la Agencia Tributaria, facilitando la presentación de declaraciones y la llevanza de los libros de IVA.


Conclusión

El nuevo reglamento marca un antes y un después en el uso de software de facturación en España.

A partir de ahora, solo serán legales los programas que garanticen trazabilidad, inalterabilidad y seguridad, reforzando el control fiscal y eliminando prácticas fraudulentas.

Para empresas y autónomos, la clave estará en utilizar software que cumpla plenamente la normativa vigente y futura.

IVA de los alimentos en Europa

El Gobierno prorroga la rebaja del IVA de los alimentos hasta diciembre de 2023

El Gobierno ha aprobado la prórroga de la rebaja del IVA en los alimentos básicos hasta el 31 de diciembre de 2023, dentro del paquete de medidas fiscales destinadas a mitigar el impacto de la inflación y el aumento del coste de la vida.

La medida fue aprobada en el Consejo de Ministros del 27 de junio de 2023, mediante un Real Decreto-ley, y afecta directamente a consumidores, comercios y empresas que trabajan con productos de alimentación.

👉 Fuente oficial:
https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Prensa/En%20Portada/2023/Paginas/20230627-MEDIDAS-FISCALES.aspx


¿Qué rebajas de IVA se mantienen?

Se mantienen dos tipos de reducción:

✔ IVA del 4% al 0% en alimentos de primera necesidad

Los productos que seguirán tributando al 0% de IVA son:

  • Pan común y masas de pan
  • Harinas panificables
  • Leches de cualquier tipo
  • Quesos
  • Huevos
  • Frutas
  • Verduras y hortalizas
  • Legumbres
  • Tubérculos
  • Cereales naturales

✔ IVA del 10% al 5% en otros productos básicos

Se mantiene la rebaja del 10% al 5% en:

  • Pastas alimenticias
  • Aceites alimentarios, incluido el aceite de oliva

Esta reducción se aplica a todos los productos que originalmente estaban sujetos al tipo reducido del 10%.


¿Hasta cuándo estará vigente la rebaja?

Las rebajas fiscales estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023, con una condición importante:

  • Si la inflación subyacente interanual baja del 5,5% en septiembre,
  • el IVA volvería a su tipo habitual a partir del 1 de noviembre de 2023.

El dato de inflación de septiembre se conocerá en octubre y determinará si la medida se mantiene hasta final de año o se revierte parcialmente.


Impacto económico de la medida

Según las estimaciones del Gobierno:

  • El ahorro para las familias en el segundo semestre de 2023 será de 661 millones de euros.
  • En el conjunto del año 2023, el ahorro total alcanzará los 1.320 millones de euros.

El objetivo es aliviar el impacto de la inflación en los productos de consumo diario más habituales.


¿Cómo deben adaptarse comercios y empresas?

Las empresas que venden productos afectados deben:

  • aplicar correctamente los tipos de IVA
  • actualizar sus productos y tarifas
  • garantizar una facturación correcta y trazable

Contar con un ERP actualizado permite adaptar estos cambios de forma rápida y evitar errores fiscales.


Conclusión

La prórroga de la rebaja del IVA en los alimentos hasta diciembre de 2023 supone un alivio para consumidores y una obligación de correcta adaptación para empresas y comercios.

Estar al día de estos cambios fiscales es clave para evitar errores en la facturación y cumplir con la normativa vigente.

TicketBAI para WooCommerce plugin

TicketBAI obligatorio en Gipuzkoa desde abril de 2023: sectores afectados

Desde el 1 de abril de 2023, la facturación electrónica TicketBAI pasó a ser obligatoria en Gipuzkoa para nuevos sectores económicos, ampliando así el calendario progresivo establecido por la Hacienda Foral.

A partir de esa fecha, no es legal emitir facturas sin comunicar previamente el TicketBAI, incluyendo el código QR obligatorio en cada documento.


¿Qué sectores están obligados desde el 1 de abril de 2023?

La obligación afecta a empresas y profesionales incluidos en los siguientes grupos del IAE:

  • Construcción
  • Inmobiliarias
  • Transporte
  • Servicios

Concretamente, los grupos:

  • del 501 al 508
  • del 691 al 757
  • grupo 833
  • del 851 al 999

Estos sectores deben emitir todas sus facturas bajo el sistema TicketBAI y comunicarlas automáticamente a la Hacienda Foral de Gipuzkoa.


¿Qué implica la obligatoriedad TicketBAI?

Desde la entrada en vigor:

  • ❌ No se pueden emitir facturas sin TicketBAI
  • ❌ No se pueden modificar facturas sin trazabilidad
  • ✔ Todas las facturas deben incluir QR TicketBAI
  • ✔ La información se envía automáticamente a Hacienda

El incumplimiento puede conllevar sanciones graves, tanto para el emisor como para el software utilizado.


Calendario oficial TicketBAI en Gipuzkoa

El calendario completo y actualizado puede consultarse en la web oficial de la Diputación Foral de Gipuzkoa:

👉 https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/ticketbai/calendario


FacturaONE como Software Garante TicketBAI

El ERP FacturaONE está registrado oficialmente como Software Garante TicketBAI, lo que permite:

  • emitir facturas TicketBAI desde el ERP web
  • emitir TicketBAI desde la app móvil Android
  • cumplir automáticamente con los requisitos técnicos y legales

👉 Registro oficial:
https://www.batuz.eus/es/registro-de-software?q=facturaone


TicketBAI en tiendas online WooCommerce

Para negocios con WooCommerce, FacturaONE dispone de un plugin TicketBAI registrado como Software Garante:

  • las ventas online generan la factura automáticamente
  • se envía el TicketBAI a Hacienda Foral
  • se incluye el código QR obligatorio

👉 Más información: https://wp-tbai.com


Conclusión

Desde abril de 2023, numerosos sectores en Gipuzkoa están obligados a emitir facturación electrónica TicketBAI sin excepciones.

Contar con un software garante como FacturaONE permite cumplir la normativa, evitar sanciones y automatizar el proceso sin complicaciones.

Si perteneces a alguno de los sectores afectados, la adaptación no es opcional.

FacturaOne - Software ERP Facturación
aceite IVA

Eliminación del IVA en alimentos básicos: qué cambia y a quién afecta

A partir del 1 de enero de 2023, el Gobierno aprobó una rebaja temporal del IVA en determinados alimentos básicos como medida excepcional para paliar el aumento de precios.

Esta modificación fiscal fue recogida en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, y tuvo una duración inicial de seis meses.


¿Qué medidas se aprobaron sobre el IVA?

Las medidas principales fueron:

  • IVA del 0% para determinados alimentos de primera necesidad
  • Reducción del IVA del 10% al 5% en aceite y pasta
  • ⏳ Medida temporal, no estructural

Estas modificaciones afectaron directamente a comercios, autónomos y empresas que venden productos alimentarios.


Lista de alimentos con IVA 0%

Durante el periodo de aplicación, el IVA se redujo al 0% en los siguientes productos:

  • pan común y masa de pan común congelada
  • harinas panificables
  • leches de cualquier origen animal (UHT, pasteurizada, en polvo, etc.)
  • quesos
  • huevos
  • frutas, verduras y hortalizas
  • legumbres, tubérculos y cereales naturales

Productos que no entraron en la rebaja

Quedaron excluidos de esta reducción:

  • carne
  • pescado
  • bebidas azucaradas
  • bebidas alcohólicas
  • otros productos no considerados de primera necesidad

¿Cómo afecta este cambio a la facturación?

Aunque la medida era temporal, obligó a:

  • adaptar los tipos de IVA en el software de facturación
  • modificar fichas de producto
  • garantizar que las facturas reflejaran correctamente el tipo impositivo

No realizar estos ajustes podía provocar errores fiscales y contables.


Adaptar el IVA en FacturaONE

El ERP FacturaONE está preparado para gestionar cambios temporales de IVA de forma sencilla:

  • creación de nuevos tipos de IVA (0% y 5%)
  • modificación rápida de productos afectados
  • control fiscal correcto durante el periodo de vigencia

Esto permite cumplir con la normativa sin alterar la estructura habitual del negocio.


IVA y gestión fiscal: la importancia de estar preparado

Este tipo de medidas excepcionales demuestran la importancia de trabajar con un software de facturación flexible, capaz de adaptarse rápidamente a:

  • cambios normativos
  • variaciones temporales de impuestos
  • exigencias fiscales urgentes

Conclusión

La eliminación temporal del IVA en alimentos básicos fue una medida excepcional, pero dejó clara una realidad:
los cambios fiscales pueden llegar sin previo aviso.

Contar con un ERP como FacturaONE permite adaptarse de forma inmediata, mantener el control fiscal y evitar errores en la facturación.

TicketBAI para WooCommerce plugin

El 1 de Noviembre Gipuzkoa inicia el periodo obligatorio de Facturación Electrónica TicketBAI

A partir del 1 de noviembre, comienza en Gipuzkoa el periodo obligatorio de facturación electrónica TicketBAI para determinados sectores económicos.

Esta obligación afecta directamente a autónomos y empresas que desarrollan su actividad en el territorio histórico y emiten facturas a clientes finales.


¿A qué sectores afecta TicketBAI en Gipuzkoa?

Desde esta fase del calendario, TicketBAI es obligatorio para:

  • comercio al por menor
  • hostelería
  • sector del alojamiento

Estos sectores ya no pueden emitir facturas sin comunicar previamente el TicketBAI a la Hacienda Foral, incluyendo el correspondiente código QR en cada factura.


¿Qué implica la obligatoriedad de TicketBAI?

Con la entrada en vigor de TicketBAI:

  • ❌ no se pueden emitir facturas “normales”
  • ❌ no se pueden generar facturas sin trazabilidad
  • ✔ cada factura debe enviarse automáticamente a Hacienda Foral
  • ✔ la factura debe incluir código TicketBAI y QR

Emitir facturas sin cumplir estos requisitos supone incumplimiento normativo.


Calendario oficial TicketBAI en Gipuzkoa

El calendario completo de implantación puede consultarse directamente en la web oficial de la Diputación Foral de Gipuzkoa:

👉 https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogasuna/ticketbai/calendario

Es importante revisar el calendario para conocer las fases por sector y actividad.


FacturaONE como Software Garante TicketBAI

El ERP FacturaONE está registrado oficialmente como Software Garante TicketBAI, lo que permite emitir facturas cumpliendo todos los requisitos exigidos por la Hacienda Foral.

Registro oficial:
👉 https://www.batuz.eus/es/registro-de-software?q=facturaone

Con FacturaONE puedes:

  • emitir facturas TicketBAI desde el ERP web
  • facturar desde la app móvil Android
  • enviar automáticamente la información a Hacienda Foral

TicketBAI en tiendas online WooCommerce

Para tiendas online, FacturaONE dispone de un plugin específico para WooCommerce, también registrado como Software Garante TicketBAI.

Este plugin permite:

  • emitir facturas TicketBAI automáticamente desde WooCommerce
  • enviar cada factura a Hacienda Foral sin intervención manual
  • cumplir TicketBAI en eCommerce sin modificar la tienda

Más información:
👉 https://wp-tbai.com


Conclusión

TicketBAI ya es obligatorio en Gipuzkoa para determinados sectores, y no cumplirlo puede tener consecuencias fiscales importantes.

Contar con un software garante, correctamente registrado y preparado, es clave para:

  • evitar errores
  • cumplir con Hacienda Foral
  • facturar con tranquilidad

FacturaONE ofrece soluciones tanto para negocios físicos como para tiendas online.

FacturaOne - Software ERP Facturación
billetes

Límite de pagos en efectivo: qué dice la ley y cómo te afecta

A día de hoy, todavía hay muchos autónomos y empresas que desconocen que existe un límite legal para los pagos en efectivo en España.

Y lo más importante: no cumplirlo puede suponer una sanción directa de la Agencia Tributaria.

Desde la entrada en vigor de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, los pagos en efectivo están claramente limitados.


¿Cuál es el límite legal de los pagos en efectivo?

La Ley 11/2021, de 9 de julio (Ley Antifraude) establece que:

👉 No se pueden realizar pagos en efectivo iguales o superiores a 1.000 euros
cuando al menos una de las partes sea empresario o profesional.

Esto significa que:

  • el límite no se aplica entre dos particulares
  • sí se aplica cuando interviene un autónomo o empresa

¿Se puede fraccionar un pago para evitar el límite?

No.

La ley es clara: no se puede fraccionar una operación para esquivar el límite.

Por ejemplo:

  • ❌ pagar 500 € en efectivo y el resto por transferencia
  • ❌ dividir el pago en varios días

Si el importe total de la operación es igual o superior a 1.000 €, no puede pagarse en efectivo.


¿Qué se considera pago en efectivo?

A efectos de la ley, se consideran medios de pago en efectivo:

  • billetes
  • monedas
  • cheques bancarios al portador

No importa la forma ni el momento: si es efectivo, cuenta.


Obligación de conservar justificantes

Todas las operaciones iguales o superiores a 1.000 euros deben conservar su justificante de pago durante 5 años.

La Agencia Tributaria puede requerir esta documentación en cualquier momento.


Sanciones por incumplir el límite de pagos en efectivo

El incumplimiento de esta norma se considera una infracción administrativa grave.

Aspectos clave:

  • comprador y vendedor son responsables solidarios
  • Hacienda puede sancionar a cualquiera de las dos partes
  • la sanción es del 25% del importe pagado en efectivo

Ejemplo:

  • pago en efectivo de 2.000 € → multa de 500 €

Exoneración de la sanción

Existe una excepción importante:

👉 si una de las partes denuncia la operación ante la Agencia Tributaria
👉 dentro de los 3 meses siguientes
👉 aportando los datos de la otra parte

Esa persona queda exonerada de la sanción.


Conclusión

El límite de pagos en efectivo no es una recomendación, es una obligación legal.

Si eres autónomo o empresa:

  • evita pagos en efectivo iguales o superiores a 1.000 €
  • conserva siempre los justificantes
  • utiliza sistemas de facturación que registren correctamente las operaciones

Cumplir esta norma no solo evita sanciones, también protege tu negocio frente a inspecciones.

Anular Factura Emitida

¿Se puede eliminar o modificar una factura emitida incorrectamente?

Es una de las dudas más habituales entre autónomos y empresas.

Te equivocas en una factura.
El cliente te pide un cambio.
Detectas un error en el importe, el IVA o las líneas.

👉 La tentación es clara: editar la factura o eliminarla.

Pero no es legal hacerlo.


¿Por qué no se puede modificar una factura emitida?

Desde la publicación de la Ley 11/2021, de 9 de julio, conocida como Ley Antifraude, la normativa es clara:

Una factura emitida no puede modificarse ni eliminarse sin dejar rastro.

Esta ley nace para combatir prácticas habituales como:

  • borrar facturas
  • modificar importes a posteriori
  • alterar registros contables
  • ocultar ingresos

Qué dice exactamente la Ley Antifraude

La Ley 11/2021 establece que los programas de facturación y contabilidad deben garantizar:

  • integridad
  • conservación
  • accesibilidad
  • legibilidad
  • trazabilidad
  • inalterabilidad de los registros

Es decir:

👉 una factura emitida debe quedar registrada tal y como fue emitida.


Entonces… ¿qué pasa si hay un error en una factura?

Errores hay siempre:

  • importes incorrectos
  • líneas mal descritas
  • IVA erróneo
  • datos del cliente incorrectos

La ley no penaliza el error.
Lo que penaliza es ocultarlo o manipularlo.


La forma correcta: factura rectificativa

Cuando una factura contiene errores, la única vía legal es emitir una factura rectificativa.

La factura rectificativa:

  • corrige una factura anterior
  • deja rastro del cambio
  • mantiene la trazabilidad
  • cumple la normativa fiscal

👉 Nunca se sustituye la factura original.
👉 Se complementa.


¿Qué NO debe permitir un programa de facturación?

Desde la Ley Antifraude, ningún software legal debería permitir:

❌ editar una factura emitida
❌ eliminar facturas sin trazabilidad
❌ modificar importes sin registro
❌ borrar registros contables

Si un programa lo permite, está incumpliendo la normativa.


¿Desde cuándo es obligatorio cumplir esto?

Los principios de integridad e inalterabilidad:

  • se publican en el BOE el 10 de julio de 2021
  • entran en vigor el 11 de octubre de 2021

Aunque el desarrollo reglamentario se ha ido concretando posteriormente, el criterio es claro desde entonces.


Relación con VeriFactu

VeriFactu refuerza esta obligación:

  • encadenando registros
  • generando hash
  • evitando manipulaciones
  • permitiendo verificación por la AEAT

Por eso modificar o eliminar facturas es incompatible con VeriFactu.


Cómo hacer una factura rectificativa correctamente

Si necesitas corregir una factura, debes:

1️⃣ conservar la factura original
2️⃣ emitir una factura rectificativa
3️⃣ vincular ambas
4️⃣ reflejar correctamente los importes corregidos

👉 En FacturaONE puedes hacerlo de forma sencilla:
https://www.facturaone.com/faqs/crear-una-factura-rectificativa


Conclusión

Si una factura ya está emitida:

❌ no se borra
❌ no se edita
❌ no se “corrige encima”

✔ se rectifica

Cumplir la normativa no es complicado, pero hacerlo mal puede traer problemas serios con Hacienda.

Trabajar con un software de facturación adaptado a la ley es clave para evitar riesgos innecesarios.