Fiscalidad
VeriFactu se aplaza a 2028: ¿por qué el software nuevo debe estar adaptado?
El reciente anuncio de Hacienda sobre el aplazamiento de VeriFactu hasta octubre de 2028 está generando muchas dudas entre empresas y autónomos.
Una de las preguntas que más recibimos en FacturaONE es: «Si VeriFactu se ha aplazado, ¿puedo contratar vuestro programa y utilizarlo sin VeriFactu?»
La respuesta es NO. Y te explicamos por qué de forma sencilla.
1. El aplazamiento a 2028 todavía no está aprobado en el BOE
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció su intención de retrasar las obligaciones pendientes de VeriFactu hasta octubre de 2028.
Sin embargo, un anuncio no modifica una ley. A fecha de 6 de noviembre de 2026, mientras no se publique el cambio normativo en el BOE, las fechas legales siguen siendo:
- 1 de enero de 2027: empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: autónomos y demás contribuyentes afectados.
Todo apunta a que el aplazamiento se aprobará, pero hasta su publicación oficial continúa vigente el calendario actual.
2. Los fabricantes de software estamos obligados desde 2025
Esta es la diferencia que mucha gente desconoce.
Una cosa es la fecha en la que empresas y autónomos deben utilizar obligatoriamente sistemas adaptados, y otra muy distinta es la obligación que ya tenemos los fabricantes de software.
Desde el 29 de julio de 2025, los desarrolladores y comercializadores debemos ofrecer sistemas de facturación nuevos plenamente adaptados al Real Decreto 1007/2023, con las excepciones específicas previstas para determinados contratos anteriores de mantenimiento.
Por tanto, el aplazamiento anunciado no nos autoriza a volver a vender software nuevo sin adaptar. Esta obligación ya existe y no ha desaparecido.
3. ¿Y si ya tengo un programa de facturación antiguo?
Aquí sí existe una diferencia importante.
La propia Agencia Tributaria contempla que, durante el periodo voluntario, un contribuyente que todavía no esté obligado pueda seguir utilizando temporalmente un sistema antiguo no adaptado, siempre que reúna las condiciones legales correspondientes.
Pero poder seguir utilizando un programa antiguo no significa que un desarrollador pueda comercializar hoy un programa nuevo sin adaptar.
4. Entonces, ¿puedo utilizar FacturaONE sin VeriFactu hasta 2028?
No. FacturaONE ya está adaptado a la normativa y se comercializa exclusivamente con VeriFactu.
No disponemos de versiones no adaptadas ni ofrecemos un interruptor para dejar el sistema sin las garantías exigidas por la legislación, o para posponer su activación mientras se sigue facturando con él.
Por tanto, si contratas FacturaONE ahora, trabajarás con VeriFactu. Esto no es una decisión improvisada por el aplazamiento, sino nuestra forma de ofrecer un programa actualizado y conforme a la normativa.
En resumen: aplazar VeriFactu no significa volver al software antiguo
El aplazamiento anunciado afecta a los plazos de los usuarios, no elimina las obligaciones que ya tenemos los fabricantes desde julio de 2025.
Quien ya disponga de un sistema antiguo no adaptado podrá valorar su utilización temporal mientras legalmente esté permitido. En cambio, los nuevos sistemas de facturación sujetos al Reglamento deben comercializarse adaptados.
En FacturaONE lo tenemos claro: seguimos apostando por VeriFactu, por la seguridad y por un sistema de facturación preparado para el futuro.
