VeriFactu 2027: fechas, obligaciones y cómo preparar tu facturación
VeriFactu será uno de los grandes cambios en la facturación de empresas y autónomos en España durante 2027. Los programas informáticos utilizados para emitir facturas deberán adaptarse a los requisitos establecidos por la normativa de sistemas informáticos de facturación.
Las fechas definitivas se han trasladado a 2027: los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán llegar al 1 de enero de 2027 con sus sistemas adaptados, mientras que para el resto de obligados, entre los que se encuentran muchos autónomos, el plazo llega al 1 de julio de 2027.
Si utilizas un programa para crear tus facturas, conviene comprobar con antelación que está preparado para cumplir la nueva normativa.
FacturaONE permite trabajar con facturación adaptada a VERI*FACTU, integrando el proceso dentro del propio programa de facturación y gestión.
¿Qué es VeriFactu?
VERI*FACTU es una de las modalidades contempladas por la normativa que regula los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF).
Su objetivo es garantizar que los registros generados al emitir una factura sean íntegros, trazables y no puedan modificarse sin dejar constancia.
Existe una precisión importante: aunque habitualmente se utiliza el término “ley VeriFactu” o se dice que “VeriFactu será obligatorio”, técnicamente la normativa permite dos modalidades de cumplimiento:
- VERI*FACTU, donde los registros de facturación se remiten electrónicamente a la Agencia Tributaria.
- NO VERI*FACTU, donde los registros permanecen en el sistema de facturación, pero el programa debe cumplir requisitos adicionales de conservación, seguridad, firma y registro de eventos.
Ambas modalidades están contempladas oficialmente.
FacturaONE apuesta por la modalidad VERI*FACTU, simplificando para el usuario el cumplimiento de estos requisitos.
¿Cuándo entra en vigor VeriFactu en 2027?
Esta es una de las preguntas más buscadas sobre la nueva normativa.
Las fechas que deben tener en cuenta empresas y profesionales son:
Empresas: 1 de enero de 2027
Los contribuyentes incluidos en el artículo 3.1.a del Reglamento, principalmente los sujetos al Impuesto sobre Sociedades, deberán tener adaptados sus sistemas informáticos antes del 1 de enero de 2027.
Por tanto, una sociedad que utilice un programa informático para emitir facturas debería comenzar 2027 trabajando ya con un sistema adaptado.
Autónomos: 1 de julio de 2027
El resto de obligados tributarios incluidos en el Reglamento deberán tener operativos sus sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2027.
En este segundo grupo se encuentran, entre otros, numerosos autónomos y profesionales que desarrollan actividades económicas.
Resumen de fechas VeriFactu 2027
| Tipo de contribuyente | Fecha límite |
|---|---|
| Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 |
Estas nuevas fechas fueron establecidas mediante la modificación del Real Decreto 1007/2023.
¿Quién estará obligado a utilizar un programa adaptado a VeriFactu?
La normativa afecta de forma general a empresarios y profesionales que utilicen sistemas informáticos para emitir sus facturas.
Entre los sujetos incluidos se encuentran quienes desarrollan actividades económicas sometidas a:
- IRPF.
- Impuesto sobre Sociedades.
- Impuesto sobre la Renta de no Residentes mediante establecimiento permanente en España.
La normativa se aplica en territorio de régimen fiscal común. La Agencia Tributaria señala expresamente que quedan fuera de este ámbito los residentes fiscales de País Vasco y Navarra, que disponen de sus propios sistemas y normativa foral.
¿Hay empresas excluidas?
Sí.
Por ejemplo, los empresarios incluidos en el Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) están excluidos de las obligaciones del RRSIF.
También existen determinadas operaciones que no deben documentarse mediante factura y otros supuestos específicos establecidos por la normativa.
Por eso, ante situaciones fiscales particulares siempre es recomendable comprobar el caso concreto con un asesor fiscal.
¿Qué cambia en las facturas con VeriFactu?
La llegada de VeriFactu no consiste únicamente en añadir un nuevo campo a una factura.
El cambio más importante se produce dentro del programa de facturación.
Cuando se emite una factura, el sistema informático debe generar también un registro de facturación siguiendo las especificaciones establecidas por la Agencia Tributaria.
Los registros se encuentran relacionados mediante mecanismos de seguridad como la huella o hash, que permiten detectar alteraciones y garantizar la trazabilidad de la información.
Además, las facturas emitidas mediante estos sistemas incorporan un código QR tributario. En los sistemas VERI*FACTU también puede aparecer la identificación correspondiente que permite reconocer que se trata de una factura verificable.
¿VeriFactu enviará automáticamente mis facturas a Hacienda?
En la modalidad VERI*FACTU, el programa remite los registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria de forma automática.
Esto no significa simplemente enviar el PDF de la factura.
Lo que se comunica es un registro de facturación estructurado que contiene determinada información fiscal de la factura. La propia Agencia Tributaria aclara que el registro de facturación no es la factura electrónica ni contiene necesariamente toda la información de esta.
El programa de facturación se encarga de realizar este proceso sin que el usuario tenga que generar manualmente estos registros.
VeriFactu y factura electrónica no son lo mismo
Es importante no confundir ambos conceptos.
VeriFactu regula principalmente cómo deben funcionar los sistemas informáticos utilizados para facturar y cómo se generan y conservan o remiten sus registros.
La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales, por su parte, regula la emisión, transmisión y recepción de facturas electrónicas estructuradas entre empresarios y profesionales.
Son normativas relacionadas con la digitalización de la facturación, pero no son exactamente la misma obligación.
De hecho, la normativa de factura electrónica B2B aprobada en 2026 establece su propio calendario de aplicación, ligado al posterior desarrollo de la solución pública de facturación electrónica.
¿Tengo que cambiar mi programa de facturación en 2027?
No necesariamente.
Si tu programa actual se adapta correctamente a los requisitos de la normativa, podrás continuar utilizándolo.
Lo importante es comprobar que el proveedor del software pueda garantizar que el sistema cumple los requisitos aplicables cuando llegue la fecha correspondiente.
Si el programa que utilizas actualmente no va a adaptarse a VeriFactu, será necesario migrar a otra solución antes de que finalice el plazo.
Por este motivo no es recomendable esperar al último momento.
Programa de facturación VeriFactu para 2027
Con FacturaONE puedes gestionar desde un mismo programa:
- Facturas.
- Presupuestos.
- Albaranes.
- Clientes y proveedores.
- Artículos.
- Compras y gastos.
- Cobros y vencimientos.
- Informes.
- Gestión comercial.
- Facturación adaptada a VERI*FACTU.
El objetivo es que la adaptación fiscal forme parte del funcionamiento habitual del programa y que el usuario pueda seguir creando sus facturas sin tener que conocer los detalles técnicos de comunicación con la Agencia Tributaria.
Prepárate para VeriFactu 2027 antes de que sea obligatorio
Esperar hasta enero o julio de 2027 para cambiar el sistema de facturación puede provocar prisas innecesarias.
Puedes empezar a utilizar un programa adaptado con antelación y acostumbrarte al nuevo funcionamiento antes de la fecha límite.
Prueba FacturaONE y prepara tu facturación para VeriFactu 2027.
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Preguntas frecuentes sobre VeriFactu 2027
¿Cuándo entra en vigor VeriFactu en 2027?
Los contribuyentes sujetos al Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027. Para el resto de obligados contemplados por el Reglamento, el plazo es el 1 de julio de 2027.
¿VeriFactu será obligatorio para autónomos en 2027?
Los autónomos que entren dentro del ámbito de aplicación de la normativa deberán utilizar un sistema de facturación adaptado a los requisitos del RRSIF antes del 1 de julio de 2027. Debe recordarse que VERI*FACTU es una de las dos modalidades de cumplimiento admitidas.
¿VeriFactu será obligatorio para empresas?
Las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades incluidas en el ámbito de aplicación deberán tener sus sistemas de facturación adaptados antes del 1 de enero de 2027.
¿Es obligatorio enviar todas las facturas a Hacienda?
No necesariamente. La normativa admite tanto sistemas VERI*FACTU, que remiten los registros a la AEAT, como sistemas NO VERI*FACTU, que los conservan internamente cumpliendo requisitos adicionales.
¿Las facturas VeriFactu llevan código QR?
Sí. Las facturas generadas mediante los sistemas incluidos en esta normativa deben incorporar el QR tributario correspondiente.
¿VeriFactu es lo mismo que la factura electrónica?
No. VeriFactu regula los sistemas informáticos utilizados para facturar y sus registros. La factura electrónica B2B regula el intercambio electrónico estructurado de facturas entre empresarios y profesionales.

