¿Y si vendo a países fuera de la UE?

Cuando vendes a países fuera de la Unión Europea, la operación se considera una exportación y, con carácter general, está exenta de IVA.

Esto no significa que sea una operación “sin justificar”, sino todo lo contrario: es una exención plenamente regulada por la ley y sujeta a determinados requisitos.

Por qué las exportaciones van exentas de IVA

Las exportaciones están exentas porque:

  • El consumo se realiza fuera del territorio de la UE.
  • El IVA es un impuesto sobre el consumo interno.
  • La normativa comunitaria y nacional establece esta exención de forma expresa.

Por tanto:

  • No se repercute IVA en la factura.
  • La operación sigue siendo totalmente legal y declarable.

Qué debe incluir la factura de exportación

En una factura de exportación debe constar:

  • Importe sin IVA.
  • La leyenda de exención por exportación.
  • Referencia a la causa legal de la exención.

Esto garantiza que la factura esté correctamente justificada ante cualquier revisión.


Cómo configurarlo correctamente en el sistema

Para facturar una exportación sin errores:

  1. Configura el país del cliente como país no perteneciente a la UE.
  2. Selecciona la causa de exención E2 (exportaciones).
  3. Emite la factura sin IVA.
  4. El sistema reflejará automáticamente la exención en el documento.

De esta forma:

  • La factura cumple la normativa.
  • La exención queda perfectamente documentada.
  • No se generan inconsistencias fiscales.

Diferencia clave con las ventas intracomunitarias

Es importante no confundir:

  • Exportaciones → Países fuera de la UE → Exención E2.
  • Operaciones intracomunitarias → Países de la UE → Exención distinta y requisitos adicionales (como VIES).

Cada caso tiene su tratamiento fiscal específico.


En resumen

Una configuración correcta evita errores y problemas futuros.

Vender fuera de la UE es una exportación.

Normalmente va exenta de IVA.

Debe indicarse la causa de exención E2.

La factura debe reflejar claramente la exención.