Tengo borradores y quiero emitirlos con fecha anterior, ¿puedo hacerlo?

No. Una factura debe emitirse siempre con la fecha real de emisión, es decir, el día en que se confirma y se genera oficialmente. No está permitido emitir facturas con fecha anterior, aunque existan borradores creados previamente.

Qué es exactamente un borrador

Un borrador no es una factura válida a efectos legales ni fiscales. Es únicamente un documento interno de trabajo que:

  • No tiene validez fiscal.
  • No genera obligaciones tributarias.
  • No se comunica a la Agencia Tributaria.
  • Puede modificarse o eliminarse sin consecuencias.

Hasta que la factura no se emite, no existe legalmente.

Por qué no se puede cambiar la fecha de emisión

La fecha de emisión:

  • Debe reflejar el momento real en que se crea la factura definitiva.
  • Es un dato clave para el control fiscal, la trazabilidad y la correlación documental.
  • No puede alterarse para ajustarla a fechas pasadas, ya que eso supondría una irregularidad.

Con los nuevos sistemas de control (como VeriFactu), la fecha de emisión queda registrada y verificada, lo que impide cualquier manipulación posterior.

Qué ocurre si necesito reflejar una operación pasada

Si una operación corresponde a un periodo anterior:

  • La factura se emite con la fecha actual.
  • El concepto puede indicar claramente a qué periodo corresponde el servicio o la venta.
  • Si existe un error previo, la vía correcta es una factura rectificativa, nunca cambiar fechas.

La forma correcta de trabajar

La práctica recomendada es:

  • Crear borradores sin prisa.
  • Revisarlos internamente.
  • Emitir la factura solo cuando esté lista, asumiendo la fecha del día de emisión.

Esto garantiza:

Ausencia de riesgos ante inspecciones.

Cumplimiento normativo.

Seguridad jurídica.

Coherencia contable.